AUTORIZACION INICIAL DE RESIDENCIA TEMPORAL NO LUCRATIVA
AUTORIZACION INICIAL DE RESIDENCIA TEMPORAL NO LUCRATIVA
La solicitud de la autorización de residencia temporal no lucrativa se realiza en dos fases. Primero, la persona deberá solicitar el visado en el Consulado de España en su país de origen o bien en aquel en el que resida de manera legal y después, una vez concedido el visado, el extranjero deberá entrar en territorio español y tramitar la tarjeta de residencia temporal no lucrativa en la Oficina de Extranjería o en la correspondiente Comisaría de Policía.
A continuación detallamos cada uno de los pasos a seguir, desarrollando, en primer lugar, el trámite de la solicitud del visado y pasando después a la solicitud de la tarjeta de residencia, una vez el extranjero se encuentra en nuestro país…
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